¿Cómo se designan los jueces de la Corte Internacional de Justicia de la Haya?

Según el artículo Nº 4 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, Los miembros de la Corte son elegidos por la Asamblea General y el Consejo de Seguridad de una nómina de candidatos propuestos por los grupos nacionales de la Corte Permanente de Arbitraje.

En el caso de los Miembros de las Naciones Unidas que no estén representados en la Corte Permanente de Arbitraje, los candidatos deben ser propuestos por grupos nacionales que designen a este efecto sus respectivos gobiernos.

¿Cómo está integrada la Corte?


La Corte
es un cuerpo integrado por quince magistrados independientes elegidos, sin tener en cuenta su nacionalidad, de entre personas que gocen de alta consideración moral y deben reunir las condiciones requeridas para el ejercicio de las más altas funciones judiciales en sus respectivos países, o que sean jurisconsultos de reconocida competencia en materia de derecho internacional.

¿Cuál es el procedimiento?


Por lo menos tres meses antes de la fecha de la elección, el Secretario General de las Naciones Unidas invita por escrito a los miembros de la Corte Permanente de Arbitraje pertenecientes a los Estados que forman parte del Estatuto y a los miembros de los grupos nacionales designados para que dentro de un plazo determinado, propongan como candidatos a personas que estén en condiciones de desempeñar las funciones de miembros de la Corte.


El número de candidatos propuestos por un grupo no será, en ningún caso, mayor que el doble del número de plazas por llenar. Antes de proponer estos candidatos, se recomienda a cada grupo nacional que consulte con su más alto tribunal de justicia, sus facultades y escuelas de derecho, sus academias nacionales y las secciones nacionales de academias internacionales dedicadas al estudio del derecho.

El Secretario General de las Naciones Unidas prepara una lista por orden alfabético de todas las personas así designadas y la presenta a la Asamblea General y al Consejo de Seguridad. _ ad La Asamblea General y el Consejo de Seguridad proceden independientemente a la elección de los miembros de la Corte.

En toda elección, los electores deben tener en cuenta no sólo que las personas que hayan de elegirse reúnan individualmente las condiciones requeridas, sino también que en el conjunto estén representadas las grandes civilizaciones y los principales sistemas jurídicos del mundo.

Se consideran electos los candidatos que obtengan una mayoría absoluta de votos tanto en la Asamblea General como en el Consejo de Seguridad.

En las votaciones no habrá distinción alguna entre miembros permanentes y miembros no permanentes del Consejo de Seguridad. En el caso de que más de un nacional del mismo Estado obtenga una mayoría absoluta de votos tanto en la Asamblea General como en el Consejo de Seguridad, se considera electo el de mayor edad.

Si después de la primera sesión celebrada para las elecciones quedara una o más plazas por llenar, se celebra una segunda sesión y, si necesario fuera, una tercera.

¿Qué otros requisitos deben cumplir los magistrados de la Corte?

Como ya he dicho, no puede haber dos magistrados que sean nacionales de un mismo Estado. Cumplen mandatos de nueve años y pueden ser reelegidos. No pueden dedicarse a ninguna otra ocupación mientras dure su mandato. No pueden tampoco participar en la decisión de ningún asunto en que hayan intervenido anteriormente como agentes, consejeros o abogados de cualquiera de las partes, o como miembros de un tribunal nacional o internacional o de una comisión investigadora, o en cualquier otra calidad. Un tercio de la Corte es elegido cada tres años.

Los integrantes de la Corte deben ser juristas competentes e imparciales, y no representantes políticos de los intereses de los Estados cuya nacionalidad poseen.

¿Quiénes son los magistrados designados en la actualidad?

Presidenta: Rosalyn Higgins (Reino Unido)

Vicepresidente:

Awn Shawkat Al-Khasawneh (Jordania)

Jueces: Bruno Simma (Alemania)

Shi Jiuyong (China)

Peter Tomka (Eslovaquia)

Thomas Buergenthal (Estados Unidos)

Leonid Skotnikov (Federación de Rusia)

Ronny Abraham (Francia)

Hisashi Owada (Japón)

Raymond Ranjeva (Madagascar)

Bernardo Sepúlveda Amor (México)

Mohamed Bennouna (Marruecos)

Kenneth Keith (Nueva Zelanda)

Abdul G. Koroma (Sierra Leona)

Gonzalo Parra-Aranguren (Venezuela)

Próximamente: ¿quiénes pueden acudir a dicha Corte?

0 comentarios: