Nuevamente el aborto en el ojo del huracán

El aborto es la pérdida espontánea o provocada del producto de la concepción antes de que sea viable. Según la época en que se efectúe, se denomina ovular, en el primer mes; embrionario, del primero al tercer mes de gestación y fetal desde cumplido el tercer mes en adelante.

Por lo general la legislación de los diferentes países considera punible al aborto no espontáneo. Con todo se tiende a justificarlo legalmente si responde a determinadas indicaciones.

El 14 de abril de 2005, la abogada Mónica Roa, directora del programa de “Justicia de género”, presentó una demanda de inexequibilidad ante la Corte Constitucional, pidiéndole que declarara que la total penalización del aborto violaba la Constitución por implicar graves vulneraciones a los derechos de las mujeres y pidió que al menos la ley fuera un poco más liberal. En realidad lo logró, al menos en algunos aspectos y las principales razones para ese triunfo fueron que:

Las consecuencias de la total penalización del aborto han constituido un grave problema de salud pública.

Se trata de un asunto de equidad de género y cuestión de justicia social.

Dentro de una sociedad pluralista, donde se respeta la libertad de cultos, el aborto no puede ser un delito en todos los casos.

La decisión de interrumpir un embarazo ha estado íntimamente relacionada con el ejercicio de la autonomía y las libertades individuales.

Ningún derecho es absoluto, ni siquiera los derechos de los no nacidos

La penalización del aborto no ha salvado fetos, pero sí ha sido causa de muerte de muchas mujeres por acudir a la clandestinidad.

En un escenario de total cubrimiento en educación sexual y acceso a anticonceptivos, el aborto sigue siendo necesario para casos extremos.

El abuso de un derecho no es razón suficiente para negar su reconocimiento.

La abogada Roa alegó que la total penalización del aborto viola derechos fundamentales y era, por tanto, inconstitucional puesto que la prohibición total va creando en el imaginario colectivo la impresión de que las leyes no sirven, ni son necesarias, de tal manera que el Estado se va debilitando en su función normativa.

El Estado en cambio de prohibir, debería tomar medidas para enfrentar el impacto que sobre la salud pública tiene la morbi-mortalidad por aborto, corrigiendo las condiciones de inequidad y desigualdad.

El 10 de mayo del 2006 la Corte Constitucional de Colombia decidió que el aborto debe permitirse cuando un embarazo amenaza la vida o salud de la mujer, en casos de violación, y/o cuando haya malformaciones del feto incompatibles con la vida extrauterina.

En este momento ha vuelto el debate sobre el aborto porque según ha dictaminado la Corte Constitucional, las chicas colombianas deben recibir lecciones sobre el aborto en el colegio "en términos sencillos, claros y suficientemente ilustrativos". Dentro, claro está, de los tres supuestos que marca la ley: malformación del feto (aborto eugenésico), peligro de muerte para la madre (aborto terapéutico) y violación.

Se trata de educación sexual para prevenir, para saber de los alcances y los límites de los derechos sexuales y reproductivos; no es para realizar propaganda como han salido a decir el clero y aquellas personas que no se han dado cuenta que la vida es muy dura para las chicas que han sido violadas y encima deben de cargar con las consecuencias.

Me alegra que la Corte ordene que los médicos a quienes se les presente un caso de aborto legal, no puedan esgrimir objeción de consciencia pues se trata de cumplir con una ley.

Es muy fácil rasgarse la vestiduras y oponerse a ciertas prácticas cuando no somos quienes estamos sufriendo el asunto en carne propia, sólo tenemos que ponernos en los zapatos de los demás y dejar de ser hipócritas.

2 comentarios:

esteban lob dijo...

Hola Rud:
Es un debate que está plenamente vigente aquí en Chile también, sobretodo en plena campaña electoral. Comparto en lo personal tus opiniones.

Un beso.

Rud dijo...

Muchas gracias, Esteban. Cuando se parte de un Estado laico, no hay cómo argumentar "objeción de consciencia" como excusa para no cumplir la ley.