Cuando el machismo supera a la Justicia

La totalidad de los Códigos Penales occidentales contemplan duras penas para quienes secuestran, torturan y violan; pero en ciertos países cuyos dogmas religiosos prevalecen sobre el Derecho Positivo, no hay castigo para dichos delitos, no, al menos para judicializar al culpable.

¿Es posible que se castigue a la víctima?


Desafortunadamente en aquellos países sí. En marzo del presente año nos conmovió la noticia de una chiquilla marroquí que se suicidó luego de haber sido obligada a casarse con su violador, supuestamente para "lavar la honra" de su familia.


Recientemente una joven afgana fue secuestrada durante cinco días por un grupo de policías de Afganistán quienes la amarraron a un muro, la torturaron y violaron. Según algunas reglas culturales locales, la chica ha sido deshonrada por consiguiente debería suicidarse. Pero a ella se le ha iluminado el cerebro y ha estado dispuesta a ir en contra de aquello que la sociedad espera pues ha presentado la denuncia y ha dicho que quiere ver a sus violadores ante la justicia y de esa manera sí estarían restablecidos su dignidad y su honor.


Es muy común tanto en Afganistán, como en otros países con gobiernos fundamentalistas, que los Tribunales no persigan este tipo de casos. Hasta hace algunas semanas los principales sospechosos de la violación no habían sido procesados, quizás esperando a que se diluyera la atención internacional. Pero ha surgido una luz de esperanza pues se han movilizado infinidad de movimientos pro derechos humanos, medios de comunicación y otros; la joven Lal Bibi, violada por miembros de las fuerzas policiales afganas, ha visto algunos avances en su demanda judicial.


Sorprendentemente, Lal Bibi y su familia están luchando para sentar un precedente y salvar su vida, pues están exigiendo el castigo de sus torturadores y buscando que las autoridades y la sociedad castiguen a los autores del delito y no a ella.


Existen miles de mujeres y niñas en ese país, que están sujetas a la justicia machista e injusta que se le ha tratado de imponer a Lal Bibi. La mayoría de ellas están ahora siguiendo este caso con mucha atención para ver la reacción del gobierno afgano y del mundo, ante la lucha de esta joven que se niega a quedarse callada y a morir en silencio.


¡Apoyémosla! Al menos enviémosle nuestros pensamientos positivos para que logre sentar un necesario precedente pues no se debe castigar a la víctima sino a los victimarios.

¿Qué es el asilo político?


El asilo político es el derecho de residencia que concede el Gobierno de un país a personas extranjeras que estén huyendo del suyo por motivos políticos.

Generalmente quien teme por su integridad debido a una fundada vicisitud política, primeramente obtiene un asilo diplomático, esto es el refugio concedido por una representación diplomática en sus locales; sitio en el cual hace su pedido formal.

Hay que recordar el privilegio de inviolabilidad del cual gozan los edificios de las embajadas o legaciones, en virtud del cual se protege al refugiado político contra las autoridades territoriales: pueden negarse a entregarlo a las autoridades locales o a autorizarlas para que se introduzcan para detenerlo.

El ejercicio del derecho de asilo es una facultad y no un deber, su concesión queda al arbitrio, primeramente al jefe diplomático de la misión y posteriormente al jefe de Estado en el cual desea asilarse el solicitante.

En América el Derecho de asilo ha sido regulado por diversas convenciones, la primera fue en Lima en 1867, posteriormente, la de la Habana de 1928 reguló el ejercicio del derecho de asilo limitándolo a situaciones de carácter excepcional: exclusivamente por delitos políticos.

En la Conferencia Panamericana de Montevideo de 1933 fue declarado ilícito el asilo a los delincuentes por delitos comunes.

En todas las cuestiones referentes al Derecho Internacional Público, existe la aplicación del principio de reciprocidad.
En la Declaración Universal de los Derechos Humanos aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1948, en su Art.14 consagra un hito muy importante al decir: "En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo y disfrutar de él, en cualquier país".

Al país que le hayan hecho el pedido de asilo corresponde examinar detenidamente si el solicitante es realmente un perseguido político, o si únicamente desea ponerse fuera del alcance de la jurisdicción del Estado del que se encuentre subordinado.

Por ahí existen algunos ejemplos de políticos que han cometido delitos como peculado y para no responsabilizarse de sus acciones se declaran perseguidos.