El debido proceso penal es aquel que se inicia, se desarrolla y concluye respetando las normas constitucionales, legales e internacionales aprobadas previamente, así como los principios generales que expongan el Derecho procesal penal, con la finalidad de alcanzar, en cuanto sea posible, una justa administración de justicia, de tal manera que provoque un efecto inmediato de protección integral de la seguridad jurídica del ciudadano, reconocida constitucionalmente como un derecho.
El proceso penal es el reflejo de un trozo de la realidad de un país; es un conocer de justos e infractores, es el origen, para muchos, de efectos dolorosos y traumatizantes pues es allí en donde se puede notar la fase negativa de la sociedad.
En todas las Constituciones políticas, al menos de los países occidentales, consta que las leyes deben ser conocidas por todos y que su desconocimiento no es excusa para delinquir. Aunque en el momento en que el Congreso esté tramitando una ley haya noticias al respecto, aunque cuando esa ley haya sido aprobada y suscrita en el registro oficial se hable de ella; en realidad sólo aquellos que se encuentren inmersos en el mundo jurídico llegan a conocerlas.
La publicidad formal de los contenidos constitucionales y de las leyes, por su promulgación, crea una ficción jurídica del conocimiento de sus textos, pero en la realidad la mayoría de la población desconoce sus deberes y derechos legales.
Evolución Histórica:
El origen de la frase “el debido proceso” proviene de la legislación anglo-sajona con el nombre de "due process of law". Todo se remonta a
Inglaterra conservó ese derecho en
De esa Carta Magna hasta los enciclopedistas sucedieron muchos hechos que fueron dejando huellas históricas básicas para el reconocimiento paulatino de muchos derechos.
Es indudable que el debido proceso tuvo su magistral desarrollo y reconocimiento en el siglo XVIII, en donde los filósofos plantearon los cimientos esenciales para su reconocimiento, especialmente Montesquieu al discurrir sobre la división de los poderes y el aporte primigenio de Jean-Jacques Rousseau sobre el contrato social.
El 26 de agosto de 1789 se promulgó en Francia
El principio de legalidad como lo conocemos en la actualidad fue estructurado a través de Cesare Beccaria y de Feuerbach, quienes demandaron el imperio de la ley penal escrita previa a cualquier juzgamiento. Johann Anselm von Feuerbach, autor del Código Penal de Baviera de 1813, desarrolló el fundamento científico del principio de legalidad.
Posteriormente, el 10 de diciembre de 1948, “Toda persona tiene derecho a condiciones de plena igualdad, a ser escuchada públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación en su contra en materia penal”
Así que la generalidad del ámbito del debido proceso quedó claramente determinada en esa proclama.
En “Toda persona acusada de delito tiene derecho a ser oída en forma imparcial y pública, a ser juzgada por tribunales anteriormente establecidos de acuerdo con leyes pre-existentes y a que no se le impongan penas crueles, infamantes e inusitadas”.
En términos semejantes fue redactado el artículo 14, numeral 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, aprobado el 16 de diciembre de 1966 por
En
2 comentarios:
Perdona que sea reiterativo. Pero solo hace falta revisar las actuaciones de los órganos de justicia en venezuela, con respecto a los casos que tengan que ver con problemas políticos para darse cuenta que aquí no se cumple con lo que defines tan bien como "el debido proceso"
Gracias por tu preocupación por lo que respecta a mis post, en estos momentos tengo problemas para modificar la entrada que colguè. No tengo ni la menor idea de lo que pasa
Alí, me parece que casi en ningún lugar del mundo se cumple con lo del “debido proceso” y todas las bellezas de las que hablan las declaraciones de DDHH y los códigos penales de todos los países occidentales. De todas maneras es bueno que la gente se entere de los derechos que supuestamente tenemos y muchas veces son irrespetados, como cuando ponen pruebas falsas a un pobre desgraciado que hayan escogido de chivo expiatorio.
Respecto de tu blog, no creo que te hayan bloqueado, lo que escribes es sumamente interesante y no hace daño alguno. Espero que vuelvas a escribir pues lo haces muy bien; de todas maneras las fotografías están hermosas y podemos volverlas a ver una y otra vez.
Saludos y que te vaya bien
Publicar un comentario